Gerencia Urbanismo


52660416241_b5419ca8c2_c

Hay que actuar sobre aquellos establecimientos que exceden la licencia concedida generando problemas de convivencia.

Son negocios que están ocupando recorridos peatonales, paradas de autobús, pasos de peatones, accesos a cocheras o viviendas.

SON TAMBIÉN LOS QUE DEJAN DE FORMA PERMANENTE, LAS 24 HORAS DEL DÍA, ELEMENTOS DE MOBILIARIO URBANO EN LA VÍA PÚBLICA, lo que está totalmente prohibido.

También los hay que multiplican los veladores autorizados o instalan mesas altas o barriles, que no están permitidos. Incluso llegan a apropiarse de la totalidad de la acera mediante toldajes, que no son legales porque se convierten en habitaciones en la calle.

El concejal de Urbanismo, Salvador Fuentes, tiene totalmente abandonado el control de la vía pública permitiendo todo tipo de atropellos.

52660416961_a29dd88f8f_c

52659932217_7b3664915d_b

Acera con una ocupación del IPA sin licencia.

No solamente los veladores cortan el itinerario peatonal en nuestra ciudad, también tiendas de ropa y fruterías.

Este caso ha sido denunciado a la Gerencia Municipal de Urbanismo por el Consejo del Movimiento Ciudadano.

FRASES:

Decálogo

Te tomarás en serio la crisis ecológica. No es un problema entre muchos otros, es la cuestión política, económica, social y moral más importante del siglo XXI. Una cuestión de vida o muerte. Nuestra casa común está en llamas. No hay más tiempo que perder. ¿Tienes otras preocupaciones? ¿Te preocupa, con razón, el precio de la gasolina y el gas, y te preocupa erróneamente el gran número de árabes, negros, gitanos, judíos, mexicanos o gays en tu país? Tienes que cambiar de preocupación. La crisis climática es más grave. ¿Mucho más grave? Infinitamente más grave. Se trata de tu supervivencia y / o la de tus hijos y nietos.

 

No adorarás a los ídolos de la religión capitalista:

“Economía de Mercado”, “Energías fósiles”, “Crecimiento del PIB”, “Organización Mundial del Comercio”, “Fondo Monetario Internacional”, “Competitividad”, “Pago de la Deuda”, etc. Son falsos dioses, ávidos de sacrificios humanos y responsables del calentamiento global.

52613068066_b764d2a7dc_c

De las pocas zonas peatonales largas que tenemos en Córdoba para poder caminar y hacer ejercicio con nuestro corazón y piernas es el Paseo de Córdoba.

Esta instalación navideña ha reducido el espacio peatonal a la quinta parte de lo disponible habitualmente.

Lo cual dificulta el transitar del tráfico peatonal, muy abundante en esta zona y ha desviado a muchos caminantes hacia el uso del carril bici del lateral.

Es responsabilidad del Ayuntamiento de Córdoba velar por la desaparición de estas barreras.

52586772729_2b0bfc73d3_c

Ahora mismo, como se ve en la fotografía está todo muy controlado por el Ayuntamiento de Córdoba, y el Circo Las Vegas ha llenado el mobiliario urbano de cartelería con total impunidad.

Incluso en las zonas más céntricas de la ciudad.

52577680490_6482103bcb_c

Se perpetúan en el tiempo incumplimientos por uso de la vía pública, emisión de ruidos y humos o por problemas de accesibilidad.

El Consejo del Movimiento Ciudadano ha exigido al ayuntamiento de Córdoba que disponga los servicios de seguridad, vigilancia e inspección de la policía local y de gerencia de urbanismo en defensa de las quejas vecinales consolidadas sobre incumplimiento de las ordenanzas municipales.

En estos días prenavideños, pero con la antesala de una semana de puente infinito, no es el momento de dar sensación de impunidad, sino que se debe organizar la deseada actividad pública y privada sin que se altere la convivencia.

Por ejemplo, la actividad de música en las calles debe controlar su volumen.

En estos momentos se agudizan los problemas que ya se viene denunciando en algún caso durante años, como sucede sobre molestias por actividad no autorizada en la calle Don Rodrigo, donde hay vecindario que se ve permanente sometido a ruidos o a humos y olores por negocios que no están autorizados para ello de lo que tiene constancia el ayuntamiento desde hace años.

O las quejas permanentes por invadir las aceras en avenida de Barcelona, María de la Judía, Gran Capitán, o barrios populares como Valdeolleros o Ciudad Jardín, por ejemplo. No nos referimos a quejas puntuales, hacemos referencia a problemas con apoyo colectivo de asociaciones vecinales.

Otro ejemplo, es el corte de aceras estrechas por veladores que impiden el paso, obligando al peatón o a la silla de ruedas a bajarse a la calzada.

2994060659_d5d9344a6d_c

Itinerario peatonal ocupado.

Desde el Consejo del Movimiento Ciudadano se está denunciando el uso no permitido de los recorridos peatonales con la instalación de todo tipo de elementos en la vía pública pegados a fachadas interrumpiendo el Itinerario Peatonal accesible.

Nos referimos, no solo a mesas de veladores, aunque proliferan de forma ilegal los taburetes o toneles pegados a la pared, sino a tiendas que sacan percheros, a fruterías que invaden el acerado, a talleres que aparcan vehículos esperando su arreglo, en definitiva, a toda una gama de ocupación ilegal de la vía pública y de los espacios peatonales.

52198307415_0e8ae82484_c

No es admisible que se use el mobiliario urbano (bancos,…) como extensión de la actividad hostelera privada.

En este sentido, el Consejo del Movimiento Ciudadano recuerda que no se puede difundir música al exterior de los negocios ni instalar televisiones, por mucho que el ayuntamiento dé mal ejemplo con el espectáculo de la calle Cruz Conde.

No se pueden cortar las aceras con toldos ilegales que convierten las calles en túneles incluso en pleno centro de la ciudad de forma apropiándose de la vía pública de forma descarada, por muy famoso que sea el negocio.

51203692715_fc201a5f03_c

No se pueden sacar barras, ni vender bebida o preparar comidas en el exterior de los establecimientos, por mucho que la propia Mezquita sirva de terraza para algunos negocios de forma increíble.

52010828925_5c98bb3198_c

Normativa:

1) Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. (BOE Jueves 11 de marzo de 2010).

Artículo 5.2. “Todo itinerario peatonal accesible deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Discurrirá siempre de manera colindante o adyacente a la línea de fachada o elemento horizontal que materialice físicamente el límite edificado a nivel del suelo.

b) En todo su desarrollo poseerá una anchura libre de paso no inferior a 1,80 m, que garantice el giro, cruce y cambio de dirección de las personas independientemente de sus características o modo de desplazamiento.”

No aparece tampoco en el listado de la GMU publicado en marzo 2022.

50803152637_c7d8e87775_c

Acceso a los aseos en un bar de Ronda de Tejares.

Mira un nuevo tema que abordar en el 2021.

La falta de accesibilidad a los servicios en los bares.

Da la impresión de que ningún agente público inspecciona esto.

Los que tengan algún problema de movilidad deben pasarlas canutas.

50005963156_3c94388648_c

Taberna Santa Marina.

Muchas zonas del casco histórico de Córdoba poseen aceras muy estrechas. Encima si las ocupan los parroquianos de la Taberna Santa Marina pues menos sitio queda aún. Según me dicen ya han recibido denuncias los de la taberna por sacar las bebidas a la acera.

El otro día pasé por la noche cerca del local y además habían situado veladores rodeando la iglesia que tiene una alta categoría de protección, es un BIC. La Gerencia de Urbanismo de Córdoba debería de controlar minimamente estos abusos del uso del espacio público.

 

49172266122_b9c14852e5_c

Veladores Bar de Tapas en Avenida Libertad

49754210072_eb4c2d9613_c

Veladores Bar de Tapas en Avenida Libertad ocupando el Itinerario peatonal accesible.

La Asociación Peatonal Cordobesa A Pata tiene entre sus fines, reflejados en sus estatutos:

a) La defensa de los intereses de las personas que se desplazan sin hacer uso de vehículos, prestando especial atención a niños, mayores, y a aquellas que tengan una movilidad reducida, por ser los colectivos sociales más desfavorecidos por el modelo de movilidad urbana basado en el vehículo motorizado.

b) La defensa de sus legítimas aspiraciones a recuperar las calles de la ciudad como espacio de intercambio y de contacto, donde ejercer su derecho a moverse en libertad y de forma segura, en un ambiente no contaminado atmosférica, acústica ni visualmente.

  • En el bar De Tapas no está visible el documento del esquema de los veladores a pesar de que tienen bastantes mesas, sillas, barriles y taburetes que dan a dos calles diferentes. Hemos contado en ocasiones más de 30 mesas •
  • Se produce ocupación del Itinerario peatonal accesible por mesas y taburetes y usuarios. Como se ve en la foto los taburetes están pegados a la fachada en los soportales que es el único sitio por donde pasar.
  • La normativa establece que se han de dejar 1,80 metros libres desde la fachada.
  • No aparecen tampoco los veladores de este bar  en el listado de Licencias de Veladores del año 2019 que tiene la GMU en su Web.

49683596896_5920b9f611_c

La normativa de aplicación es:

Ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, parasoles y otras instalaciones análogas que constituyan complemento de la actividad de hostelería, aprobada por el Pleno el 17 de enero de 2008.

Artículo 24. Deberes formales para permitir el control administrativo y público.

24. 2. Siempre que esté instalada la terraza, deberá estar bien visible desde el exterior para que pueda ser visualizado fácilmente por cualquier viandante documento en el que consten los extremos fundamentales de la licencia y, en particular, el plano o croquis a que se refiere el artículo 28.5 en el que se refleje claramente el espacio cuya ocupación se ha permitido.

 

49754236767_5304d0e6cc_c

Plaza Puerta del Rincón en Córdoba……. Taberna La Sastrería, veladores colocados en el itinerario peatonal.

La Asociación Peatonal Cordobesa A Pata tiene entre sus fines, reflejados en sus estatutos:

a) La defensa de los intereses de las personas que se desplazan sin hacer uso de vehículos, prestando especial atención a niños, mayores, y a aquellas que tengan una movilidad reducida, por ser los colectivos sociales más desfavorecidos por el modelo de movilidad urbana basado en el vehículo motorizado.

b) La defensa de sus legítimas aspiraciones a recuperar las calles de la ciudad como espacio de intercambio y de contacto, donde ejercer su derecho a moverse en libertad y de forma segura, en un ambiente no contaminado atmosférica, acústica ni visualmente.

En la Taberna La Sastrería no está visible el documento del esquema de los veladores a pesar de que tienen bastantes mesas, sillas, barriles y taburetes que dan a dos calles diferentes.

No aparecen tampoco los veladores de este bar  en el listado de Licencias de Veladores del año 2019 que tiene la GMU en su Web.

Como vemos en la foto los taburetes y mesas están pegados a la fachada, lo cual está prohibido por la normativa.

Los veladores han de colocarse a por lo menos a una distancia de 1,80 metros de la fachada. Dejando libre el Itinerario Peatonal Accesible con la fachada.

.Esta invasión excesiva del espacio peatonal no es una cuestión de tipo estético sino que dificulta los desplazamientos del peatón, y en particular el de las personas con diversidad funcional.

Resulta evidente que la Gerencia de Urbanismo de Córdoba con Salvador Fuentes a la cabeza hace dejación de funciones. Estas fotos  del post son de enero del 2020.

La normativa de aplicación es:

Ordenanza municipal reguladora de la ocupación temporal de espacios exteriores con mesas, sillas, parasoles y otras instalaciones análogas que constituyan complemento de la actividad de hostelería, aprobada por el Pleno el 17 de enero de 2008.

Artículo 24. Deberes formales para permitir el control administrativo y público.

24. 2. Siempre que esté instalada la terraza, deberá estar bien visible desde el exterior para que pueda ser visualizado fácilmente por cualquier viandante documento en el que consten los extremos fundamentales de la licencia y, en particular, el plano o croquis a que se refiere el artículo 28.5 en el que se refleje claramente el espacio cuya ocupación se ha permitido.

49753372428_62eb5594e1_c

Página siguiente »